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EUROPA  

 

Mano dura y xenofobia
La Unión Europea aprueba la norma sobre repatriación de inmigrantes

 
 

(IAR Noticias) 06-Junio-08                                    EP

Los inmigrantes sólo podrán ser devueltos a su país de origen o a aquellos países con los que los Estados miembros o la UE hayan concluido acuerdos de repatriación.

Los ministros del Interior de la Unión Europea ratificaron el jueves el acuerdo alcanzado a nivel de embajadores sobre la directiva que armoniza los procedimientos de repatriación de inmigrantes irregulares, según informó la presidencia eslovena. Su apartado más polémico es el que permite a los Estados miembros retener a los inmigrantes a la espera de expulsión en centros de internamiento hasta un máximo de 18 meses.

La presidencia eslovena dijo que espera que el Parlamento Europeo ratifique la norma durante el pleno que celebrará la tercera semana de junio. Si esto ocurre, concluirían así todos los trámites y la denominada directiva de retorno se aprobaría en primera lectura.

Los embajadores de los Veintisiete resolvieron el miércoles el último punto pendiente, la cuestión de quién asume los costos de la asistencia legal de los inmigrantes que no pueden pagarla.

Varios países, encabezados por Alemania, Austria y Grecia, se negaban a que la asistencia jurídica gratuita fuera una obligación, y por ello se había dejado la decisión en manos de cada Estado miembro.

Sin embargo, los representantes del Parlamento Europeo protestaron y exigieron que se recogiera en la directiva la gratuidad.

Los embajadores lo han aceptado pero estableciendo una serie de salvaguardas que ya aparecen en la directiva sobre refugiados. Además, este principio entrará en vigor un año más tarde que el resto de la directiva.

Asimismo, la Comisión se compromete a facilitar ayudas comunitarias para cubrir estos gastos y a elaborar un informe en el plazo de tres años sobre la aplicación de esta disposición.

El objetivo de la nueva norma es armonizar los procedimientos que siguen los Estados miembros en la repatriación de inmigrantes irregulares, ya que en la actualidad cada país puede hacer lo que quiera y aplicar los plazos que considere oportunos.

Por ejemplo, en estos momentos, un total de nueve países --Reino Unido, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Grecia, Irlanda, Malta, Países Bajos y Suecia-- no contemplan en su legislación ningún límite para la retención de inmigrantes.

Estos Estados miembros se verán obligados a cambiar su normativa para introducir el nuevo límite de seis meses, que se podrá ampliar a 18 si hay una falta de cooperación del inmigrante o si hay demoras en la obtención de la documentación necesaria que deban expedir terceros países.

A España no le afectaría este límite porque en la actualidad el periodo máximo de retención es de 40 días y la directiva de retorno no le obliga a ampliarlo. No obstante, el Gobierno ya ha anunciado que estudiará ampliar este periodo.

Los inmigrantes sólo podrán ser devueltos a su país de origen o a aquellos países con los que los Estados miembros o la UE hayan concluido acuerdos de repatriación.

La norma establece que cuando una persona en situación irregular sea expulsada tendrá prohibida su entrada en territorio comunitario durante un periodo de cinco años. Sin embargo, se introduce el principio de retorno voluntario, que evitaría esta prohibición de entrada.

Cada inmigrante tiene derecho a dejar el país voluntariamente y los Estados miembros deberán fijar un plazo para ello de entre siete y treinta días.

La directiva de retorno se aplica también a familias y menores no acompañados, aunque en este caso se prevén garantías específicas.

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