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Los inmigrantes sólo podrán ser devueltos a su país de origen o a aquellos
países con los que los Estados miembros o la UE hayan concluido acuerdos de
repatriación. |
Los ministros del Interior de la Unión Europea ratificaron el jueves el acuerdo
alcanzado a nivel de embajadores sobre la directiva que armoniza los
procedimientos de repatriación de inmigrantes irregulares, según informó la
presidencia eslovena. Su apartado más polémico es el que permite a los Estados
miembros retener a los inmigrantes a la espera de expulsión en centros de
internamiento hasta un máximo de 18 meses.
La presidencia eslovena dijo que espera que el Parlamento Europeo ratifique la
norma durante el pleno que celebrará la tercera semana de junio. Si esto ocurre,
concluirían así todos los trámites y la denominada directiva de retorno se
aprobaría en primera lectura.
Los embajadores de los Veintisiete resolvieron el miércoles el último punto
pendiente, la cuestión de quién asume los costos de la asistencia legal de
los inmigrantes que no pueden pagarla.
Varios países, encabezados por
Alemania, Austria y Grecia, se negaban a que la asistencia jurídica gratuita
fuera una obligación, y por ello se había dejado la decisión en manos de cada
Estado miembro.
Sin embargo, los representantes del Parlamento Europeo protestaron y exigieron
que se recogiera en la directiva la gratuidad.
Los embajadores lo han aceptado pero
estableciendo una serie de salvaguardas que ya aparecen en la directiva sobre
refugiados. Además, este principio entrará en vigor un año más tarde que el
resto de la directiva.
Asimismo, la Comisión se compromete a
facilitar ayudas comunitarias para cubrir estos gastos y a elaborar un informe
en el plazo de tres años sobre la aplicación de esta disposición.
El objetivo de la nueva norma es armonizar los procedimientos que siguen los
Estados miembros en la repatriación de inmigrantes irregulares, ya que en la
actualidad cada país puede hacer lo que quiera y aplicar los plazos que
considere oportunos.
Por ejemplo, en estos momentos, un
total de nueve países --Reino Unido, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Grecia,
Irlanda, Malta, Países Bajos y Suecia-- no contemplan en su legislación
ningún límite para la retención de inmigrantes.
Estos Estados miembros se verán obligados a cambiar su normativa para introducir
el nuevo límite de seis meses, que se podrá ampliar a 18 si hay una falta de
cooperación del inmigrante o si hay demoras en la obtención de la documentación
necesaria que deban expedir terceros países.
A España no le afectaría este límite
porque en la actualidad el periodo máximo de retención es de 40 días y la
directiva de retorno no le obliga a ampliarlo. No obstante, el Gobierno ya ha
anunciado que estudiará ampliar este periodo.
Los inmigrantes sólo podrán ser devueltos a su país de origen o a aquellos
países con los que los Estados miembros o la UE hayan concluido acuerdos de
repatriación.
La norma establece que cuando una persona en situación irregular sea
expulsada tendrá prohibida su entrada en territorio comunitario durante un
periodo de cinco años. Sin embargo, se introduce el principio de retorno
voluntario, que evitaría esta prohibición de entrada.
Cada inmigrante tiene derecho a dejar
el país voluntariamente y los Estados miembros deberán fijar un plazo para ello
de entre siete y treinta días.
La directiva de retorno se aplica también a familias y menores no acompañados,
aunque en este caso se prevén garantías específicas.
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